Más de seis mil migrantes tramitaron su RFC ante el SAT

Nacional

Bajo este esquema que inició en febrero de 2022, este sector de la población puede presentar diversos trámites en las oficinas del SAT, de los cuales la inscripción de personas físicas concentra 98 por ciento del total de atenciones.


Las personas interesadas en inscribirse ante el RFC pueden acudir a cualquier oficina del SAT con previa cita agendada en citas.sat.gob.mx y presentar la siguiente documentación.


Extranjero con condición de estancia de residentes temporales o permanentes:


Documento migratorio emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM) para acreditar su estancia en territorio nacional, mismo que puede servir como identificación oficial:


Tarjeta de residente permanente


Tarjeta de residente temporal


Tarjeta de visitante por razones humanitarias


Tarjeta de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas


Tarjeta de visitante trabajador fronterizo


Tarjeta de residente temporal estudiante


Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.


Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación del Instituto Nacional de Migración (INM), misma que puede ser utilizada como identificación oficial.


Extranjero con calidad de refugiado:


CURP temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) o del Instituto Nacional de Migración (INM).


Documento de reconocimiento de calidad de refugiado emitido por la COMAR.


Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.


En caso de mexicanos repatriados:


CURP temporal con fotografía.


Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.


Credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE).


En caso de mexicanos en retorno:


CURP permanente, la cual se tramita en el Registro Civil o ante las oficinas consulares de México en el exterior o acta de nacimiento o carta de naturalización en original.


Comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.


Credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE).


Las personas extranjeras que no cuenten con autorización para desempeñar una actividad remunerada, pero requieran el RFC para otros fines, pueden exhibir un escrito libre en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, los motivos por los que requieren su inscripción en el RFC.


Con estas acciones, el SAT refrenda su compromiso por dar la mejor atención a los contribuyentes.

Notas Relacionadas

Si tienes algo que compartirnos, envianos un correo a contacto@conectandochihuahua.com

Ir arriba