El INM no ha interrumpido la atención a personas extranjeras en contexto de movilidad

Nacional

El cierre temporal de 33 estancias provisionales no ha interrumpido la atención y el servicio que el Instituto Nacional de Migración (INM) proporciona a la población migrante que ingresa y transita por territorio nacional. De forma permanente cumple con sus atribuciones y funciones que la ley le confiere, independientemente del trabajo de supervisión que lleva a cabo la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) a las instalaciones del instituto.


Respecto al comunicado DGDDH/116/2023, emitido el pasado 13 de mayo por la CNDH, en el que señala: “la realización del Informe Especial se lleva a cabo sin prejuicio de las funciones y atribuciones y responsabilidades que el INM debe mantener para otorgar de manera permanente y continua un alojamiento digno y seguro para todas las personas en contexto de movilidad internacional, en las estaciones migratorias y estancias provisionales con que cuenta”, esta autoridad migratoria, precisa:


El INM mantiene el servicio en 17 estaciones migratorias, con una capacidad para alojar a 4 mil 786 personas, cuatro de estas sedes con alta capacidad de concentración: Tapachula, Chiapas (960); Acayucan, Veracruz (836); Villahermosa, Tabasco (532), e Iztapalapa, Ciudad de México (502).


Además de contar con tres espacios del Gobierno de México, denominados Centro Integrador para el Migrante que se localizan en los estados de Baja California, Chihuahua y Tamaulipas, con capacidad para alojar a mil 200 migrantes. En total, se cuenta con 5 mil 986 lugares para la atención a personas en contexto de movilidad.


En ellos, se proporcionan servicios médicos, psicológicos y jurídicos, y se cuenta con espacios para alimentación, recreación, y dormitorios para mujeres y hombres adultos.


En todos los casos el INM cumple con los plazos establecidos con la ley, para que en un máximo de 36 horas se resuelva el Procedimiento Administrativo Migratorio (PAM) de los migrantes extranjeros. El personal de las estaciones migratorias resuelve cada PAM a partir del principio: pro persona; debido proceso; unificación familiar, e Interés Superior de Niñas, Niños y Adolescentes.


La actuación del INM seguirá siendo en estricto apego a la Ley de Migración, su Reglamento y a los tratados internacionales vigentes, así como de respeto a los derechos humanos.

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